Plan Director
PLAN DIRECTOR DE LA ACADEMIA PARA EL PROCESO DE PRODUCCIÓN DISTRIBUCIÓN Y VENTA
La Academia como factor dinámico, como impulsor de estrategias destinadas a ampliar y abrir mercados, y ensanchar el horizonte de oportunidades mediante diferentes formas de colaboración con las instituciones públicas y privadas, se constituye en productor de espectáculos para poner en la cadena de distribución del sector, mediante convenios puntuales, las producciones que conteniendo la ética que sus estatutos aconsejen, y dentro de la estética que la tradición y la historia del flamenco determinen, propuestas escénicas, audiovisuales o de otra naturaleza artística que por su valor intrínseco, social y/o educativo, pudiera ser aconsejable proteger. Esto se produciría previo informe y aprobación de la Junta Directiva reunida para ello a dichos efectos.
1. Constituido y aprobado el proyecto escénico artístico u obra propuesta, se constituye un Comité de Seguimiento constituido por:
- El Presidente de la Academia
- 2 miembros de la Junta Directiva designados por el Presiente.
- Los principales intérpretes solistas del espectáculo propuesto, un máximo de 4
- 1 representante de los músicos, cantaores, guitarristas, o instrumentistas.
Este Comité de Seguimiento tomará las decisiones por mayoría simple y en caso de empate, el voto del presidente tendrá la consideración de voto de calidad y dividirá el empate.
2. Este órgano de representación diferente y particular para cada espectáculo, por la diferencia de intérpretes, hará el seguimiento y cumplimiento de los siguientes planes de trabajo:
PRODUCCIÓN - REPRODUCCIÓN – DISTRIBUCIÓN - VENTA
Determinará y administrará costes previa asistencia de asesores, fijará cachés artísticos valorando la oportunidad de cada caso y si conviniera, intervendrá en las estrategias de la distribución y/o en los acuerdos y convenios con despachos profesionales públicos, privados, de promotores, o empresarios que ofrezcan salidas y oportunidades a las obras que la Academia produzca o apoye.
3. Hará respetar la legalidad vigente del marco legislativo, laboral, derechos de propiedad intelectual, los códigos del derecho civil y mercantil, y la legislación fiscal y protección de datos.
4. La Academia creará un código normativo o libro de estilo que deberá de ser aceptado por los profesionales que intervengan en cada uno de los proyectos.
5. Entre las estrategias que posibilitan la realización de proyectos están los acuerdos, convenios y contratos que pueden establecerse con empresas privadas de espectáculos tanto en tablaos flamencos u otros escenarios, que ayuden con garantías económicas y posibilidades de organización (ensayos, medios materiales que signifiquen aportaciones económicas o en especie), la cohesión y sostenibilidad del proyecto.
En este punto se inscriben las empresas privadas que a través de la contratación de los componentes de los proyectos protegidos, y de los medios puestos a su disposición, hagan posible la producción de las propuestas artísticas que la Academia pretende, como por ejemplo, la presentación en Sevilla de un espectáculo como muestra pública de la capacidad de respuesta de la Academia ante las instituciones y representantes de la Administración y políticos.